SALUD : MODIFICARON LAS NORMAS SOBRE ABLACION E IMPLANTE DE ORGANOS QUE REGIA DESDE 1993
Por ley, los mayores de 18 años ahora son donantes de órganos
Salvo si hay una expresa negativa. Aun así, se sigue depositando en la familia la decisión si el muerto no hubiera dejado constancia de su voluntad. En el caso de menores, los padres deben dar su conformidad.
La donación órganos tiene un nuevo marco regulatorio en la Argentina: ayer, por unanimidad, el Senado convirtió en ley el proyecto que incorpora la figura del "donante presunto", un concepto que supone la autorización tácita: todos los ciudadanos serán potenciales donantes de órganos y tejidos salvo que expresen su negativa por escrito.
Con su aprobación, la Cámara Alta modificó la Ley 24.193 sobre Ablación e Implante de Organos, que rige en el país desde 1993. El proyecto había logrado media sanción en Diputados el 18 de mayo, donde había llegado impulsado por el Poder Ejecutivo, que consideró "imperativo" resolver el drama de miles de personas que, a diario, ven apagar sus vidas en interminables listas de espera para un trasplante.
De hecho, el ministro de Salud Ginés González García presenció la sesión en el recinto. "La mayoría de los argentinos son solidarios y la nueva ley implica un cambio fundamental porque supone que todos queremos ser donantes. La anterior presumía que nadie quería serlo", comentó, haciendo hincapié en el espíritu que agita la nueva norma. "Salvará muchas vidas. Hay 6.000 personas en lista de espera y mueren dos por día porque el órgano no llega", subrayó.
La nueva ley determina que las personas "podrán manifestar en forma expresa su voluntad negativa o afirmativa a la ablación de órganos de su propio cuerpo", así como "restringir de un modo específico su voluntad afirmativa a determinados órganos y tejidos" y/o a determinados "fines" (para ser implantados en seres humanos o con fines de investigación). También establece que pueden "condicionar la donación al previo consentimiento de determinada persona, sea o no familiar".
Según reza la nueva norma, "la ablación podrá efectuarse en toda persona capaz, mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición" a la donación (si el fallecido es menor, los padres deben autorizarla). Aun así, si bien supone un camino inverso al que rige ahora (el del consentimiento explícito), la flamante ley sigue depositando en la familia la decisión final si el fallecido no hubiera dejado constancia de su voluntad.
"En la ley actual, ocurrida la muerte la decisión es de los familiares del fallecido. La nueva ley traslada esa decisión al ciudadano. La familia expresa la voluntad sólo si no estaba documentada", aclaró el presidente del INCUCAI, doctor Carlos Soratti.
Los defensores del consentimiento presunto aseguran que la nueva ley "no obliga" a donar sino que expone a los argentinos a la necesidad de informarse, reflexionar y decidir. "Hay que incentivar una cultura solidaria proclive a la donación. La tendencia mundial privilegia la donación cadavérica porque evita la mutilación y el riesgo en seres vivos y reduce la posibilidad del comercio de órganos. En Europa, los donantes vivos constituyen sólo el 35% del total; en nuestro país suman el 60%", destacó el senador Rubén Giustiniani.
Varios fantasmas se agitan en torno a la donación. El tráfico de órganos preocupa a muchos, pero también angustia el tema del momento exacto en el cual se establece la muerte de una persona. "Hay que distinguirlo absolutamente del estado vegetativo, los comas prolongados y los cuadros neurológicos que puedan tener alguna evolución. El diagnóstico de muerte está perfectamente reglado. Lo hacen profesionales y tiene absoluta certeza y seguridad", comentó el director del CUCAIBA, Ricardo Ibar.
Fuentes parlamentarias estimaron que la ley empezará a regir en un mes. De ahí en más, los funcionarios del Registro Civil "estarán obligados" a pedir a quienes "se acerquen a hacer cualquier trámite que manifiesten su voluntad negativa o positiva". La misma quedará explícita en el DNI y será comunicada de inmediato al INCUCAI.
Salvo si hay una expresa negativa. Aun así, se sigue depositando en la familia la decisión si el muerto no hubiera dejado constancia de su voluntad. En el caso de menores, los padres deben dar su conformidad.
La donación órganos tiene un nuevo marco regulatorio en la Argentina: ayer, por unanimidad, el Senado convirtió en ley el proyecto que incorpora la figura del "donante presunto", un concepto que supone la autorización tácita: todos los ciudadanos serán potenciales donantes de órganos y tejidos salvo que expresen su negativa por escrito.
Con su aprobación, la Cámara Alta modificó la Ley 24.193 sobre Ablación e Implante de Organos, que rige en el país desde 1993. El proyecto había logrado media sanción en Diputados el 18 de mayo, donde había llegado impulsado por el Poder Ejecutivo, que consideró "imperativo" resolver el drama de miles de personas que, a diario, ven apagar sus vidas en interminables listas de espera para un trasplante.
De hecho, el ministro de Salud Ginés González García presenció la sesión en el recinto. "La mayoría de los argentinos son solidarios y la nueva ley implica un cambio fundamental porque supone que todos queremos ser donantes. La anterior presumía que nadie quería serlo", comentó, haciendo hincapié en el espíritu que agita la nueva norma. "Salvará muchas vidas. Hay 6.000 personas en lista de espera y mueren dos por día porque el órgano no llega", subrayó.
La nueva ley determina que las personas "podrán manifestar en forma expresa su voluntad negativa o afirmativa a la ablación de órganos de su propio cuerpo", así como "restringir de un modo específico su voluntad afirmativa a determinados órganos y tejidos" y/o a determinados "fines" (para ser implantados en seres humanos o con fines de investigación). También establece que pueden "condicionar la donación al previo consentimiento de determinada persona, sea o no familiar".
Según reza la nueva norma, "la ablación podrá efectuarse en toda persona capaz, mayor de 18 años, que no haya dejado constancia expresa de su oposición" a la donación (si el fallecido es menor, los padres deben autorizarla). Aun así, si bien supone un camino inverso al que rige ahora (el del consentimiento explícito), la flamante ley sigue depositando en la familia la decisión final si el fallecido no hubiera dejado constancia de su voluntad.
"En la ley actual, ocurrida la muerte la decisión es de los familiares del fallecido. La nueva ley traslada esa decisión al ciudadano. La familia expresa la voluntad sólo si no estaba documentada", aclaró el presidente del INCUCAI, doctor Carlos Soratti.
Los defensores del consentimiento presunto aseguran que la nueva ley "no obliga" a donar sino que expone a los argentinos a la necesidad de informarse, reflexionar y decidir. "Hay que incentivar una cultura solidaria proclive a la donación. La tendencia mundial privilegia la donación cadavérica porque evita la mutilación y el riesgo en seres vivos y reduce la posibilidad del comercio de órganos. En Europa, los donantes vivos constituyen sólo el 35% del total; en nuestro país suman el 60%", destacó el senador Rubén Giustiniani.
Varios fantasmas se agitan en torno a la donación. El tráfico de órganos preocupa a muchos, pero también angustia el tema del momento exacto en el cual se establece la muerte de una persona. "Hay que distinguirlo absolutamente del estado vegetativo, los comas prolongados y los cuadros neurológicos que puedan tener alguna evolución. El diagnóstico de muerte está perfectamente reglado. Lo hacen profesionales y tiene absoluta certeza y seguridad", comentó el director del CUCAIBA, Ricardo Ibar.
Fuentes parlamentarias estimaron que la ley empezará a regir en un mes. De ahí en más, los funcionarios del Registro Civil "estarán obligados" a pedir a quienes "se acerquen a hacer cualquier trámite que manifiesten su voluntad negativa o positiva". La misma quedará explícita en el DNI y será comunicada de inmediato al INCUCAI.
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