viernes, 15 de mayo de 2009

Ley 26.484


JUSTICIA

Modifícase el Decreto Ley Nº 1285/58 relacionado con la Organización de la Justicia Nacional.


Sancionada: Marzo 4 de 2009


Promulgada de Hecho: Marzo 30 de 2009


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionaron con fuerza de Ley:


MODIFICACION AL DECRETO LEY 1285/58 SOBRE LA ORGANIZACION DE LA JUSTICIA NACIONAL


ARTICULO 1º — Incorpórese al artículo 7º del decreto ley 1285/58 el siguiente párrafo:


A partir de ese momento deberá transcurrir un período de tres años en el ejercicio del cargo como condición para postularse en concurso para otro tribunal, o para subrogar una vacancia que implique el abandono de la función que se encuentre ejerciendo. Esta disposición no es de aplicación para quienes hayan jurado como jueces subrogantes.


ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.


— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.484 —


JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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