viernes, 15 de mayo de 2009

Ley 26.488


SERVICIO EXTERIOR

Concédese autorización para desempeñar funciones de Cónsules Honorarios con Cartas Patentes otorgadas por otros países según lo establecido en la Ley Nº 23.732.


Sancionada: Marzo 11 de 2009


Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:


ARTICULO 1º — Concédese autorización para desempeñar funciones de Cónsules Honorarios con Cartas Patentes otorgadas por otros países según lo establecido en la Ley Nº 23.732, a los ciudadanos argentinos comprendidos en la nómina anexa, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley; acorde con las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.


ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.


— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.488 —


JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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