viernes, 7 de agosto de 2009

Decreto 994/2009



ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Créase la Secretaría Legal y Técnica. Desígnase su titular.


Bs. As., 28/7/2009


VISTO la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias Nros. 26.222 y 26.425 y, los Decretos Nros. 893 del 10 de julio de 2001 y 2105 del 4 de diciembre de 2008, y


CONSIDERANDO:


Que a través de la Ley Nº 26.425 se establecieron sustanciales modificaciones en el sistema de seguridad social regulado por la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.


Que dicha reforma implicó la finalización del Régimen de Capitalización y la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un único régimen previsional público denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), financiado a través de un sistema solidario de reparto.


Que en tal sentido, la Ley Nº 26.425 dispuso la transferencia en especie a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con ciertas excepciones de los recursos que integraban las cuentas de capitalización individual de los afiliados y beneficiarios del régimen de capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones previsto en la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias; y, a la vez, estableció que dichos activos formarán parte del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto creado por el Decreto Nº 897 del 12 de julio de 2007, actualmente Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS).


Que por medio del Decreto Nº 2105 del 4 de diciembre de 2008 se introdujeron modificaciones en la estructura de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), aprobada por el Decreto Nº 893 del 10 de julio de 2001, a fin de dotar a esa entidad de la organización necesaria para la atención de los cometidos que debe afrontar en virtud de la profunda reforma del sistema de seguridad social resultante de la normativa antes mencionada.


Que en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes corresponde introducir adecuaciones adicionales a dicha estructura organizativa, a fin de profundizar las medidas ya adoptadas para asegurar que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) alcance la mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos.


Que con tal finalidad resulta conveniente la creación de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la que dependerá en forma directa de su Dirección Ejecutiva.


Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y en función de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.


Por ello,


LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º — Créase en el ámbito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con dependencia directa de su Dirección Ejecutiva, la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, la que tendrá la siguiente responsabilidad primaria:


a) coordinar las actividades atinentes al servicio jurídico de la entidad;


b) coordinar las tareas relacionadas con el diseño institucional de procesos y normas;


c) coordinar el control de las actividades prestacionales a cargo de la entidad;


d) coordinar la gestión del despacho de la Dirección Ejecutiva, prestarle asesoramiento a su director y efectuar el seguimiento de los trámites administrativos;


e) coordinar las acciones relacionadas con la recepción y salida de la documentación administrativa proveniente de otras jurisdicciones o dirigida a las mismas;


f) protocolizar, registrar y archivar los actos dictados por el Director Ejecutivo y custodiar la documentación vinculada con dichos actos.


Art. 2º — Créase el cargo de Secretario Legal y Técnico de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), con rango y jerarquía equivalente al asignado a los cargos de Subdirección.


Art. 3º — Desígnase en el cargo de Secretaria Legal y Técnica de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a la Doctora D. Ofelia Mabel CEDOLA (M.I. Nº 11.339.964), con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.


Art. 4º — Facúltase al Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para efectuar las modificaciones pertinentes en la estructura organizativa de la entidad, a fin de adecuarla a lo dispuesto en el presente acto.


Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán en vigor las aperturas estructurales existentes, las que transitoriamente mantendrán sus responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles y grados de revista.


Sin perjuicio de lo precedentemente dispuesto, las áreas específicas que actualmente dependen de la Subdirección de Administración, de la Subdirección de Prestaciones y de la Secretaria General de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), que desarrollan cometidos que en forma directa atañen a las responsabilidades primarias de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, creada por el presente decreto, pasarán a depender de esta última cuando el Director Ejecutivo de la entidad así lo disponga.


Art. 5º — El Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) queda asimismo facultado para efectuar las modificaciones y/o adecuaciones que resulten necesarias, en las responsabilidades primarias de la SECRETARIA GENERAL, de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, de la Unidad de Planeamiento y de las Subdirecciones de Prestaciones, de Operación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad y de Administración, todas ellas dependientes de esa entidad, a fin de asegurar la mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento de los cometidos asignados a dichas unidades organizativas.


Art. 6º — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— en la parte correspondiente a la Entidad 850 – ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para el ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.


Art. 7º — El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.


Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.


PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 6º


PRESUPUESTO 2009

RECURSOS HUMANOS


JURISDICCION: 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGUIRIDAD SOCIAL.

ENTIDAD: 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)

CATEGORIA 01 Actividades Centrales

ACTIVIDAD: 01 - DIRECCION SUPERIOR

UNIDAD EJECUTORA: DIRECTOR EJECUTIVO

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