viernes, 7 de agosto de 2009

Decreto 920/2009


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la Subsecretaría de Planificación Territorial de la Inversión Pública.

Bs. As., 16/7/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0280329/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.422, el Decreto Nº 1283 de fecha 24 de mayo de 2003, el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003, el Decreto Nº 1824 de fecha 10 de diciembre de 2004, y sus modificatorios, y


CONSIDERANDO:


Que mediante el Decreto Nº 1283 de fecha 24 de mayo de 2003 se procedió a modificar la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), creando el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.


Que por el Decreto Nº 27 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, estableciéndose los Objetivos de los niveles políticos del mismo.


Que mediante el Decreto Nº 1824 de fecha 10 de diciembre de 2004, se incorporó al Anexo I del Artículo 1º del Decreto citado en el considerando anterior, la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA, con dependencia directa del titular de esa Cartera de Estado.


Que en sus objetivos se encuentran, entre otros, el de intervenir en la formulación del Plan Federal de Inversión en Infraestructura y Equipamiento articulando con los organismos competentes en el ámbito Nacional y Provincial, las estrategias y proyectos de organización del territorio, de integración territorial Nacional e Internacional, de regionalización, de desarrollo y ordenamiento urbano, rural y ambiental y en toda otra estrategia de fuerte impacto territorial, dentro del marco de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial a fin de establecer las inversiones públicas necesarias.


Que resulta menester, proceder a dotar a dicha Subsecretaría Ministerial de una estructura organizativa acorde con las responsabilidades otorgadas a ese nivel político, aunque ajustada a necesarios criterios de racionalidad y eficiencia, correspondiendo asignarle, a su vez, una dotación indispensable para el correcto desenvolvimiento de los objetivos encomendados.


Que para ello, resulta necesario transferir cargos a la antes citada Subsecretaría, desde la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION, dependiente también del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y, en virtud de lo establecido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26.422, efectuar las compensaciones de cargos pertinentes.


Que la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado intervención.


Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.


Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6º y 10 de la Ley Nº 26.422.


Por ello,


LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidades Primarias y Acciones, y Dotación que, como ANEXOS I, II y III, forman parte integrante del presente decreto.


Art. 2º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para el Ejercicio 2009, de acuerdo con el detalle obrante en el ANEXO IV que forma parte integrante del presente decreto.


Art. 3º — El gasto que demande la aplicación de la presente medida, será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.


Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio M. De Vido.


ANEXO I





ANEXO II


SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA TERRITORIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA


Asistir a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA en el diseño y la elaboración de planes y proyectos tendientes al Desarrollo y Ordenamiento del Territorio Nacional.


ACCIONES


1. Asistir y asesorar a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA, en la formulación del Plan Federal de Inversión en Infraestructura y Equipamiento.


2. Asistir y asesorar a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA, en el diseño y propuesta de estrategias y proyectos de organización, integración y desarrollo territorial y en toda otra estrategia de fuerte impacto en el territorio, dentro del marco de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.


3. Asistir a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA en la identificación de las Inversiones Públicas necesarias para promover el desarrollo del territorio.


4. Diseñar instrumentos y metodologías de planificación a fin de coordinar criterios para la elaboración de proyectos de inversión en Infraestructura y Equipamiento, de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.


5. Asistir a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA, en la elaboración de los documentos técnicos necesarios para la implementación y difusión de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos territoriales, de infraestructura y equipamiento.


6. Coordinar con los distintos equipos técnicos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y con especialistas de otros Ministerios, Gobiernos Provinciales, Instituciones y Organizaciones de la Sociedad la elaboración de Planes y Proyectos tendientes al desarrollo Territorial.


7. Asistir en la elaboración de un sistema de información, vinculación y asistencia técnica para el desarrollo territorial.


DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION DE LA INTEGRACION TERRITORIAL INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA


Asistir a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA en materia de planificación estratégica de la Integración Territorial Internacional.


ACCIONES


1. Asistir a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA en el diseño y propuesta de las estrategias y proyectos de integración territorial internacional, dentro del marco de la Política Nacional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.


2. Asistir y asesorar a la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA en negociaciones bilaterales y multilaterales, vinculadas con su competencia específica.


3. Elaborar diagnósticos de la situación a nivel nacional y regional, que permitan identificar las necesidades y demandas de infraestructura de integración internacional, proponiendo los proyectos para satisfacerlas, bajo una perspectiva regional y con el objeto de mejorar la conectividad con los países limítrofes.

4. Realizar estudios de factibilidad que permitan contar con los elementos técnicos que sustenten los planes y programas de integración consensuados, tanto a nivel bilateral como multilateral, proponiendo su inclusión en el Plan Federal de Inversión en Infraestructura y Equipamiento.


5. Articular la participación sectorial nacional y provincial y su interacción con las contrapartes externas en todas aquellas cuestiones relacionadas con su competencia.


6. Proponer instrumentos para mejorar la capacidad de formulación, preparación y evaluación de los proyectos de integración física así como los marcos normativos que faciliten la ejecución de los mismos.


7. Implementar y mantener actualizada una red de actores regionales institucionales, así como una base de la normativa nacional e internacional, relevantes para la elaboración y evaluación de planes, programas y proyectos bilaterales y/o multilaterales.


ANEXO III





ANEXO IV


ACTIVIDAD 01

CONDUCCION SUPERIOR


UNIDAD EJECUTORA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION


RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 01





ACTIVIDAD 03

ACCIONES PARA LA INTEGRACION ECONOMICA Y SOCIAL


UNIDAD EJECUTORA

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION TERRITORIAL DE LA INVERSION PUBLICA


RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 03


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