lunes, 2 de noviembre de 2009

Decreto 1110/2009

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Jefatura de Gabinete de Ministros. Modificación del Organigrama de Aplicación.


Bs. As., 20/8/2009


VISTO el Expediente Nº 4576/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Constitución Nacional y el Decreto Nº 357 del 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y


CONSIDERANDO:


Que mediante la norma citada en el VISTO, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.


Que mediante el artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional, se le atribuyó al Jefe de Gabinete de Ministros, ejercer la Administración General del País, también receptado por competencia 2 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (texto ordenado del Decreto Nº 438/92, sus complementarios y modificatorios).


Que uno de los objetivos centrales del gobierno nacional es el fortalecimiento y consolidación del modelo productivo, siendo el principal lineamiento, la inclusión social que deviene del trabajo.


Que, para tal fin, una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.


Que a fin de propender a tal cometido, resulta adecuado efectuar la coordinación de la ejecución de las políticas productivas tendientes a lograr que la eficiencia y eficacia del gasto público redunde en el mejoramiento del bienestar general de la población.


Que para el logro de tales objetivos resulta necesario efectuar un reordenamiento en la conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.


Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico de la Jurisdicción, expidiéndose favorablemente.


Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.


Por ello,


LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada—, el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.


Art. 2º — Incorpórase al Anexo II del artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Objetivos—, en el Apartado XI, los objetivos de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL y sus Subsecretarías, todas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de este Decreto.


Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a los créditos asignados a la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.


Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.


Planilla Anexa al Artículo 1º


XI. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


- SECRETARIA DE GABINETE


- SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA


- SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA


- SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO


- SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION


- SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA


- SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA


- SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL


- SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO


- SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS


- SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES


- SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION


- SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS


- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION – SUBSECRETARIA DE COMUNICACION ESTRATEGICA


- SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE


- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL


- SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES


- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE


- SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION


- SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL


- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL


- SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA


Planilla Anexa al Artículo 2º


Xl. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL


OBJETIVOS


1.- Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la promoción, coordinación, y seguimiento de las políticas productivas, conjuntamente con las áreas competentes, que impulsen los procesos de desarrollo e integración productiva nacional.


2.- Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación de las políticas productivas impulsadas por el gobierno nacional, para lograr la eficiencia y eficacia del gasto público.


3.- Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación de las políticas de integración del Sistema Productivo Nacional con las áreas de gobierno competentes en la materia, a fin de potenciar la producción primaria, a la vez de fortalecer y ampliar los procesos de industrialización.


4.- Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros, en la coordinación de las políticas con las áreas de gobierno competentes en la materia, tendientes a la consolidación del desarrollo regional a fin de alcanzar mayores niveles de calidad de vida en las economías regionales y rurales.


5.- Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con las áreas de gobierno competentes, en materia de las políticas relativas a la producción agropecuaria, agroindustrial y agroalimenticia, así como sus aspectos de innovación tecnológica tendientes a alcanzar objetivos de inclusión social.


6.- Coordinar las políticas de fomento de las producciones regionales y provinciales, conjuntamente con los organismos competentes, incentivando la inserción de industrias en ámbitos rurales que permitan reforzar las cadenas agroindustriales de valor agregado.


7.- Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación con las áreas competentes del gobierno en la temática, en la realización de las obras de infraestructura necesarias que permitan mejorar la integración territorial y económica del país.


SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL


SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL


OBJETIVOS


1.- Asistir al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la coordinación de políticas que tiendan a la creación de actividades productivas de los sectores agropecuario, agroalimenticio e industrial, conjuntamente con las áreas competentes en la materia, para lograr un crecimiento productivo con desarrollo.


2.- Asesorar al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la coordinación de las políticas que tiendan al fomento de las producciones regionales y provinciales, conjuntamente con los organismos competentes, promoviendo la inserción de industrias en ámbitos rurales que permitan reforzar las cadenas agroindustriales de valor agregado.


3.- Asistir al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la coordinación con las áreas competentes del gobierno en la temática, en la realización de las obras de infraestructura necesarias que permitan mejorar la integración territorial y económica del país.


4.- Asesorar al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la coordinación de las políticas de fomento de las producciones regionales y provinciales, conjuntamente con los organismos competentes, incentivando la inserción de industrias en ámbitos rurales que permitan reforzar las cadenas agroindustriales de valor agregado.


5.- Asistir al titular de la Secretaría de Integración Nacional, en la coordinación de las políticas con las áreas de gobierno competentes en la materia, tendientes a la consolidación del desarrollo regional a fin de alcanzar mayores niveles de calidad de vida en las economías regionales y rurales.


SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL


SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA


OBJETIVOS


1.- Asistir al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la ejecución de las políticas productivas impulsadas por el gobierno nacional, en coordinación con las áreas de gobierno competentes en la materia, tendientes a lograr la eficiencia y eficacia del gasto público.


2.- Asesorar al titular de la Secretaría de Integración Nacional, en el análisis de los planes de acción tendientes a favorecer políticas de integración del Sistema Productivo Nacional con las áreas de gobierno competentes en la materia, a fin de potenciar la producción primaria, a la vez de fortalecer y ampliar los procesos de industrialización.


3.- Asistir al titular de la Secretaría de Integración Nacional en la ejecución de las políticas de fomento de las producciones regionales y provinciales, conjuntamente con los organismos competentes, incentivando la inserción de industrias en ámbitos rurales que permitan reforzar las cadenas agroindustriales de valor agregado.


4.- Asesorar al titular de la Secretaría de Integración Nacional en el análisis, factibilidad y ejecución, conjuntamente con las áreas competentes del gobierno, de las obras de infraestructura necesarias que permitan mejorar la integración territorial y económica del país.


5.- Coordinar, bajo la supervisión del titular de la Secretaría de Integración Nacional, conjuntamente con las distintas áreas de gobierno que resulten competentes, en la solución de los problemas concretos de cada actor o sector de la cadena productiva.

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